La Ley de Marcas establece que no pueden registrarse “las palabras, dibujos y demás signos contrarios a la moral y a las buenas costumbres”. Este aspecto, en la práctica, suele ubicarse en una zona gris, ya que el nivel de “inmoralidad” no se mide con un criterio uniforme para todos los casos. Existe, por lo tanto, un margen de subjetividad que será evaluado por el examinador que intervenga en cada expediente ante la Dirección de Marcas. No obstante, contamos con ciertos parámetros que el propio Instituto Nacional de la Propiedad Industrial (INPI) ha fijado para tener en consideración.

El Organismo ha señalado que “determinar si un signo es contrario a la moral y a las buenas costumbres es variable según el tiempo y el espacio en que se lo considere, debiendo calificarse de acuerdo con las circunstancias existentes al momento de su análisis”.

En el caso puntual que nos ocupa, el solicitante pretendió registrar la frase “MONO DON´T FU*K WITH THE MONKEYS”. El analista, en una primera instancia, entendió que se trataba de una expresión obscena y, en consecuencia, la rechazó. Sin embargo, el solicitante logró revertir esa interpretación demostrando que la traducción correspondía a “MONO NO TE METAS CON LOS MONOS”. Además, suavizó el impacto de la frase mediante la sustitución parcial de la palabra con un asterisco (*), lo que finalmente condujo a la concesión del registro.

De este ejemplo pueden extraerse algunas conclusiones:

  1. Un término puede considerarse ofensivo o no según el contexto en el que se utilice.
  2. Es posible recurrir a estrategias gramaticales o gráficas para atenuar el efecto negativo de determinadas expresiones.

A mi criterio, el examinador tuvo inicialmente una reacción natural al considerar la frase como obscena, y sin un análisis exhaustivo procedió a su denegatoria. Posteriormente, un estudio más profundo permitió a la defensa convencer al examinador de que había interpretado erróneamente el sentido de la expresión. Sin embargo, entiendo que esa primera reacción refleja lo que percibiría cualquier ciudadano medio, sin conocimientos avanzados del idioma inglés, al considerar la frase inmoral (aunque técnicamente no lo sea). En este sentido, considero que el espíritu de la norma busca justamente proteger ese sentimiento adverso, más allá de un análisis gramatical o lingüístico de una lengua extranjera. Desde esta óptica, una denegatoria inicial hubiese resultado jurídicamente adecuada.

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